Programa SENDOTU - Apoyo financiero en los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural

Descripción

Programa de apoyo financiero en los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural (Programa Sendotu)

Objeto:

Programa de ayudas destinado a personas físicas o jurídicas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de proyectos de inversión, articulándose las mismas, en el marco de la financiación, mediante prestación de garantías a los préstamos a conceder por el Instituto Vasco de Finanzas en colaboración con las Entidades Financieras, que constituyen el soporte de las ayudas. Las líneas de ayuda que se plantean son las siguientes:

a) Una línea de ayudas a la financiación de riesgo, para PYMEs no cotizadas que cumplan las condiciones establecidas.

b) Una línea de ayudas a la financiación de riesgo, mediante prestación de garantías, destinadas a empresas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, que cuente con un Fondo de Garantía financiera para la cobertura de fallidos.

Beneficiarios:

1.– Para la línea de ayudas prevista en el artículo 1, párrafo 2, apartado a) de la presente Orden:

a) Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan la categoría de PYME no cotizada, que pertenezcan a los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural y que en el momento de la inversión inicial de financiación de riesgo cumplan al menos una de las condiciones siguientes:

● que no hayan operado en ningún mercado;

● que lleven operando en cualquier mercado menos de siete años a partir de su primera venta comercial;

● que necesiten una inversión inicial de financiación de riesgo que, sobre la base de un plan de negocio elaborado con vistas a introducirse en un nuevo mercado geográfico o de productos, sea superior al 50% de la media de su volumen de negocios anual en los últimos cinco años.

2.– Para la línea de ayudas prevista en el artículo 1, párrafo 2, apartado b) de la presente Orden, las personas físicas o jurídicas privadas, que pertenezcan a los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario o del desarrollo rural.

Plazo de solicitud

Del 2017-11-01 al 2018-12-31

Categorías

  • Sector: Sector AGRICULTURA, PESCA y ALIMENTACIÓN
    Área: Inversión y Empleo
    Objetivo: Proyectos Inversión General