Subvenciones para el fomento y desarrollo de actividades en el área de las Artes Plásticas y Visuales. MODALIDAD DE PUBLICACIONES.
Áreas y actividades subvencionables:
Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta Orden las personas físicas o jurídico-privadas, empadronadas o con domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento de la publicación de la presente Orden, que realicen las actividades a las que la misma se refiere y cumplan los requisitos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de las obligaciones para con la Seguridad Social.
No se concederán subvenciones a las solicitudes formuladas por entidades privadas de capital mayoritariamente público, ni a aquellas cuyo patrimonio fundacional o cuya participación en los órganos de gobierno o dirección sea mayoritariamente pública.
Del 2019-03-05 al 2019-04-04